Cómo votar en España

Cómo votar en España

Ya sean unas elecciones generales, autonómicas, municipales o europeas para poder ejercer el derecho a voto en España es necesario ser mayor de edad y estar registrado correctamente en el Censo Electoral. Por ello, será necesario que compruebes tus datos en el mismo, que comuniques tus cambios de domicilio y/o te empadrones en el nuevo municipio de residencia. Actualmente, en España no solo puedes remitir tu voto de forma física, sino también por correo o incluso votar si te encuentras residiendo en el extranjero. Para salir de dudas y saber de qué manera debes efectuar la votación en cualquiera de estas circunstancias, te invitamos a leer este artículo de unComo en el que te mostramos cómo votar en España con detalle.

Pasos a seguir:
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En primer lugar, para poder votar en España se debe estar inscrito en el Censo Electoral de una provincia, ciudad autónoma o isla. Una vez se hayan convocado las elecciones y antes de su celebración, la misma Oficina del Censo Electoral del Gobierno de España envía una tarjeta censal a todos los electores en la que figuran sus datos, así como el local, la sección y la mesa en la que deben depositar su voto. También se indicará en ella si se han producido cambios o modificaciones que el elector en cuestión deba conocer.

En caso de duda, te recomendamos consultar nuestro artículo Cómo saber dónde tengo que votar en España, en el que te explicamos además de qué forma puedes saber cuál es tu centro y mesa electoral a través de Internet.

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En la jornada electoral, no es necesario que lleves la tarjeta censal cuando acudas a votar. Solo tendrás que dirigirte a tu mesa electoral correspondiente e identificarte ante el Presidente de la misma mediante tu Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en su sustitución, tu pasaporte, permiso de conducir o tarjeta de residencia (en caso de ciudadanos de la UE que la posean). Toma en cuenta que únicamente se aceptarán los originales de estos documentos y que las fotocopias serán rechazadas.

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Una vez que el Presidente de la mesa electoral haya identificado que figuras en la lista censal, te indicará que ya puedes depositar el sobre con tu voto en la urna y marcará que ya has ejercido tu derecho a voto. La mayoría de partidos políticos envían a través de correo postal las papeletas y los sobres oficiales, pero en tu centro o colegio electoral encontrarás sin problema las papeletas de todas las opciones políticas posibles. Si deseas elegir tu voto de forma privada, podrás hacer uso de las cabinas cerradas con cortinillas que encontrarás allí mismo.

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Toma en cuenta que los colegios electorales en España están abiertos desde las 9 h de la mañana hasta las 20 h de la tarde de forma ininterrumpida. A pesar de ello, en caso de que no puedas o no te sea posible acudir físicamente, tienes la opción de ejercer tu voto por correo.

¿Cómo votar por correo? Muy sencillo, debes dirigirte a cualquier Oficina de Correos y solicitar allí el impreso que se necesita para votar por correo, cumplimentarlo y entregarlo allí mismo personalmente. Por correo certificado, recibirás en tu domicilio un sobre que contendrá una papeleta de cada una de las formaciones políticas, el certificado de inscripción censal, un sobre con la dirección de la mesa electoral en la que te tocaría votar y una hoja de carácter informativo. En el sobre deberás introducir lo que se especifica en dicha hoja informativa y remitirlo por correo certificado antes del tercer día previo a la celebración de las elecciones.

Imagen: ahoravalencia.es
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Los ciudadanos españoles que residen en el extranjero y que quieren votar en las elecciones pueden hacerlo sin problema, pero será necesario que lleven a cabo el siguiente procedimiento. Deben rellenar el impreso de solicitud que les facilitará la Oficina del Censo y remitirlo antes del día 15 anterior a la convocatoria de elecciones a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en la que esté inscrito en España, junto a una fotocopia del DNI o, en su lugar, una fotocopia del pasaporte, la certificación de nacionalidad o la certificación de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.

Debes saber que también se puede realizar el envío de esta solicitud de forma telemática a través del trámite "Solicitud de voto de los electores CERA" disponible en la Sede Electrónica del INE (Instituto Nacional de Estadística).

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Consejos
  • Según el país, algunas de las observaciones pueden variar, por lo que restringimos estas pautas a España. Aún así, sirve como modelo para cualquier tipo de proceso electoral.
  • Poco a poco van cambiando algunas condiciones para votar, como por ejemplo, el hecho de que las personas invidentes tengan autonomía y más facilidades para hacerlo.